Se buscan 50 diputad@s/senadores libres

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Contra el mayor expolio de bienes por la Iglesia católica 

En 1946, en una España “nacional-católica” con el dictador Franco gobernando el Estado por “la gracia de Dios”, se aprueba la Ley Hipotecaria en la que el artículo 206 da a la Iglesia Católica el privilegio (así lo clasifican muchas sentencias) de inscribir a su nombre mediante la propia certificación del diocesano bienes de utilidad pública. En definitiva se equipara a los obispos y diocesanos con fedatarios públicos. En el Reglamento Hipotecario, el artículo 5, prohibía la inscripción de los templos. En 1998, el Gobierno de Aznar deroga dicho artículo 5.

Con estas herramientas a su disposición, la jerarquía católica ha desarrollado una voracidad registral, de manera que además de lugares de culto (que no por ello necesariamente han de pertenecerle, pues el uso no otorga derecho de propiedad), ha registrado a su nombre viviendas, locales comerciales, almacenes, garajes, cementerios, fincas, solares, prados, viñas, pinares, olivares, frontones y plazas públicas. Entre los inmuebles apropiados destaca el edificio más emblemático de la ciudad de Córdoba, la Mezquita-Catedral.

La inconstitucionalidad de las normas aludidas es tan obvia que incluso un ministro como Gallardón, de un Gobierno que no es sospechoso de anticlericalismo, ha tenido que tramitar su derogación. El problema es que lo ha hecho de tal manera que legaliza el expolio realizado por la Iglesia, pues una vez que dicho artículo se derogue se incrementará la dificultad legal para exigir la anulación de las inmatriculaciones (inmuebles que se registran por primera vez) de la Iglesia. Por ello, es necesario presentar en el Congreso de los Diputados un recurso de inconstitucionalidad antes de que se produzca esta amnistía inmobiliaria, para lo que se necesitan 50 diputad@s o senadores que lo firmen.

Ante esta situación cabe preguntarse: ¿cómo es posible que nuestros demócratas representantes permanezcan impasibles? Necesitamos políticos que antepongan la ética a la legalidad en el cumplimiento de las normas; que se liberen de la obediencia ciega al partido y tengan la valentía de defender lo que piensen que es justo, aunque sea contrario a lo que el partido proponga; que antepongan la libertad de pensamiento y acción al servilismo partidario; que actúen heroicamente sin miedo a lo que puedan pensar los demás ni a las consecuencias que tal acción les pueda acarrear.

En definitiva, se trata de que, puesto que la ley que concedía este privilegio a la Iglesia es inconstitucional, de ahí su próxima derogación, se presente un recurso de inconstitucionalidad en el que se exija la nulidad de todas las actuaciones realizadas y se retornen los inmuebles a la situación previa a la inmatriculación. A partir de ahí, que la Iglesia solicite, como cualquier otro ente jurídico, registrar a su nombre aquellos inmuebles que considere le pertenecen aportando los documentos legales que lo acrediten y que según la ley son “el título de adquisición o el modo en que fueron adquiridos”.

Para ello, como ya hemos apuntado, se necesitan que al menos 50 diputad@s/senadores que nos representan rompan las cadenas que los atan al partido que pertenecen y actúen como ciudadanos libres en defensa del patrimonio público, pues cuando se demuestre, y se demostrará, que un solo inmueble, y hay cientos, ha sido adquirido por la Iglesia católica de manera irregular, se les señalará como cómplices y responsables por su inacción del mayor escándalo inmobiliario de la historia de España, con unas consecuencias sociales y económicas imprevisibles para el futuro.

Plataforma Mezquita-Catedral de Córdoba, Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, Europa Laica, Redes Cristianas.


RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL ARTÍCULO 206 DE LA LEY HIPOTECARIA, APROBADA POR DECRETO DE 8 DE FEBRERO DE 1946. Para que lo firmen 50 diputad@s/senadores libres.
Enlace al documento: Recurso de Inconstitucionalidad contra LH-206

 

Madrid, 29 de enero de 2015

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